Los ideologos de la revolución francesa del siglo XVIII pusieron
en primer plano el rechazo a una sociedad basada en órdenes y en cuerpos, y
denunciaron los corporativismos porque, argumentaron, obedecían a intereses
particulares. Ello implicó la supresión de las cofradías y las corporaciones
particulares y religiosas a las que se consideró opuestas al interés general.
Aunque se consideró que un Estado bien organizado era aquel en donde podían
existir asociaciones libres de individuos reunidos conforme a la ley, sin reconocer
ningún otro tipo de corporación, que no fuera la corporación general de los
ciudadanos (la nación). Entre la nación (lo general) y los individuos (lo
singular) no debía haber intermediarios.
No quisieron
reconocer otra forma de propiedad que no fuera la propiedad privada y la
propiedad pública; por eso derogaron todas las corporaciones y nacionalizaron o
privatizaron todos los bienes de manos muertas. El poder público implicó
mecánicamente la existencia de la propiedad de cuerpo, la del Estado, pues únicamente
el Estado era capaz de expresar la voluntad realmente general. Tanto los bienes
de manos muertas como las corporaciones fueron considerados perjudiciales. La
crítica de los cuerpos intermedios conduce a la exaltación del “gran todo” (la
esfera pública) y a la extensión del ámbito de lo privado.
Los ideólogos
llamaron a apoderarse de la imaginación y los sentimientos de los hombres para
gobernarlos, se propusieron ganarse la mente y el corazón de los individuos
mediante la realización de fiestas nacionales que debían recordar la gran gesta
revolucionaria y mantener la fraternidad entre los ciudadanos.
Aunque
proclamaron su lucha como liberadora negaron el derecho al voto a las mujeres,
porque decían que el hombre y la mujer formaban una sola persona en la vida de
pareja.
Vieron con
preocupación el surgimiento de clubes y sociedades populares (instituciones que
todavía no eran partidos políticos) a los cuales reglamentaron estrictamente
por considerarlos: primero, cuerpos intermedios que eran una amenaza y,
segundo, porque desvirtuaban la relación entre la generalidad (poseedora de la
cualidad democrática) y el individuo. Pero finalmente los clubes y las
sociedades populares fueron tolerados, a condición de contribuir a impulsar la
deliberación y a organizar los procedimientos electorales.
Surgió también
la discusión entre la democracia directa y la democracia representativa.
Tres cuartos de
siglo después esa discusión se aclimató en México. Los liberales basaron su
política en la idea de la propiedad privada como un derecho inalienable del
hombre. Por esa razón decretaron ilegal otras formas de propiedad y asociación
pública a las que genéricamente denominaron corporaciones. Esas medidas
incidieron directamente en el estallido de la Revolución de 1910-1920.
La Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, aprobada en 1917, restableció la
vigencia legal de las formas de propiedad y asociación colectivas, tales como:
los ejidos, las cooperativas, los sindicatos, y otros tipos de gremios, a la
vez que reconoció el derecho de los patrones a agruparse también.
Las formas de
propiedad y asociación conocidas como corporaciones están enraizadas en la
historia de México y, lógicamente, han tenido gran importancia en la vida
pública del país a lo largo del siglo XIX y lo que corre del actual.
La formación de
un nuevo tipo de corporaciones dio lugar a que los derechos individuales y
sociales, establecidos en la Constitución, sólo se pudieran alcanzar a través
de la mediación de este tipo de organismos. Este aspecto tiene la mayor
importancia para entender el desarrollo de la vida pública en México.
La forma de
organización corporativa ha dado lugar a un fenómeno conocido comúnmente con el
nombre de corporativismo. El corporativismo es un sistema de representación de
intereses que permite vincular los intereses de las organizaciones de la
sociedad civil con las estructuras de decisiones del Estado.
Por razones
históricas y sistémicas el corporativismo mexicano no es ajeno al
corporativismo de otros países con los que comparte rasgos semejantes.
Mencionemos algunos de esos rasgos y las peculiaridades que presentan en
México:
I. Las
organizaciones de interés están fuertemente coptadas por la estructura que toma
decisiones en el gobierno, mediante la participación de aquellas organizaciones
en comités asesores, procedimientos de revisión y consulta, organismos de
apoyo, dictamen y control, etcétera.
La adopción en
México de la ideología neoliberal como orientación de la política económica
redujo el papel de las corporaciones vinculadas con el trabajo, pero incrementó
el papel de aquéllas ligadas al capital. Así vemos hoy a grandes corporaciones
privadas efectuando obra pública en Petróleos Mexicanos, la Comisión Federal de
Electricidad y la construcción de vías de comunicación, mediante procedimientos
anticonstitucionales conocidos como Contratos de Servicios Múltiples, o bien,
sabemos de la existencia de corporaciones privadas efectuando funciones
aduanales, mediante mecanismos que también violan nuestra Constitución Política.
II. Las grandes
organizaciones de interés están fuertemente vinculadas con los partidos
políticos y toman parte en la formación de políticas.
Históricamente
los sindicatos han estado fuertemente vinculados con el Partido de Estado en
México, y ahora con el partido en el Estado, y si bien hoy ese vínculo se ha
debilitado, en cambio se ha fortalecido el vínculo de los organismos de interés
privado con el Estado. El cambio más importante relacionado con la
administración panista es que ahora las organizaciones de interés privado han
coptado las estructuras que toman las decisiones en el gobierno, ahora son
gobierno; el corporativismo privado se ha adueñado del Estado.
Por otro lado,
se ha debilitado el vínculo entre sindicatos y partidos políticos, sólo algunas
dirigencias sindicales conservan fuerza en el Partido Revolucionario
Institucional, por ejemplo: la burocracia que controla el Sindicato Nacional de
Trabajadores de la Educación (SNTE) sigue incrustada en el PRI manteniendo una
relación que se mueve de la tensión extrema a una distensión cargada de
incertidumbre con la dirigencia de ese partido; los vínculos delictivos entre
la burocracia sindical petrolera y distintas candidaturas de ese partido
político se mantienen; tanto el SNTE como el sindicato petrolero siguen
operando con frecuencia fuera de la ley y eventualmente llegando a acuerdos con
el gobierno del presidente panista en turno, por lo que el corporativismo
sindical reformado perdura.
El
corporativismo sindical en la industria eléctrica sigue distintas estrategias
de reacomodo ante la amenaza de destrucción vía la privatización de ese sector:
el SUTERM se mantiene pasivo con acercamientos constantes al Poder Ejecutivo,
en tanto que el sindicato de la empresa Luz y Fuerza del Centro ha pasado a un
activismo que busca coordinar acciones con la sociedad civil y otros
agrupamientos que defienden la soberanía nacional.
El
corporativismo "campesino" se ha enfrentado en batallas verbales con
la dirigencia priísta, pero demuestran poca eficacia fuera de las relaciones
corporativas tradicionales con el Poder Ejecutivo.
El
corporativismo empresarial es el más exitoso. De una época en que la relación
con el partido en el poder aparecía como una relación punto menos que
incestuosa, los representantes de ese sector han pasado no solo a patrocinar
campañas electorales, sino a ocupar puestos de elección popular, promovidos
tanto por los partidos "revolucionarios" como por el "Partido
del Cambio".
III. La mayoría
de las organizaciones de interés están estructuradas de manera jerárquica, y la
membresía a ellas tiende a ser obligatoria.
En México las
estructuras jerárquicas de esas organizaciones están intactas, pero se ha debilitado
la membresía obligatoria a ellas. Hacia el año de 1998 la Suprema Corte de
Justicia de la Nación (SCJN) estableció que no era obligatoria la afiliación de
los empresarios a las Cámaras empresariales.
El 21 de mayo de
1996 la SCJN emitió un fallo favorable al Sindicato del Personal Académico de
la Universidad de Guadalajara (SPAUdeG), precisando el alcance del Artículo 123
Constitucional relativo a la libertad de asociación, medida con la cual se
descalifica legalmente la afiliación forzada de los académicos de esa
Universidad al sindicato oficial.
Por su parte, la
derrota presidencial priísta aflojó los mecanismos compulsivos e ilegales que
compelían a los sindicatos a afiliarse a las centrales priístas.
IV. Los
sindicatos y los grupos empresariales más poderosos se constituyen en
monopolios del trabajo, del acceso al trabajo, y de la actividad empresarial, y
eliminan o dificultan la competencia, estrategia del sistema capitalista
clásico y eslogan del capitalismo monopolista contemporáneo.
La Constitución
permite, desde 1917, la libre organización de trabajadores y patrones, pero es
enfática en prohibir la existencia de monopolios. Con el tiempo estos han
pasado por encima de la Carta Magna y los políticos a su servicio han
modificado diversas disposiciones jurídicas para legalizar su presencia; sin
embargo, el combate del capital contra el trabajo se ha propuesto eliminar el
derecho a existir de los organismos integrados por trabajadores; las
estrategias varían con la misma finalidad.
Está latente una
propuesta de reforma de la Ley Federal del Trabajo recesiva. Dicha reforma ha
sido publicitada como la reforma laboral que el país necesita. En su momento la
reforma que las corporaciones patronales demandan fue consensada entre el PRI,
el PAN, la Secretaría del Trabajo y la Confederación Patronal de la República
Mexicana (COPARMEX), nada más que el tiempo electoral se les vino encima y los
partidos comprometidos no quisieron perder votos; lo cual no eliminó la
posibilidad de llevar adelante sus fines, ahora existe una nueva propuesta de
reforma laboral regresiva impulsada por el Secretario del Trabajo.
Se pretende
pasar de un régimen monopolista del trabajo ---de las centrales y sindicatos
priístas--- a uno totalmente abierto en donde dichos monopolios conserven sus
posiciones, pero el trabajador pierda gran parte de los derechos que la Ley les
concede hoy. Con esta medida no se destruyen las corporaciones dirigidas por
los grupos priístas tradicionalmente corruptos, sino a los sindicatos y los
derechos de los trabajadores mexicanos.
V. En las
relaciones industriales-laborales hay una fuerte "concertación" entre
los dirigentes sindicales y las dirigencias de las organizaciones patronales
con el Gobierno e, incluso, en cierta época acostumbraron firmar los llamados
pactos, lo cual implica que los sindicatos se abstienen de emplear la huelga u
otras tácticas conflictivas.
La concertación
entre las corporaciones del trabajo y las del capital tienden a ser directas,
sin el brazo "mediador" del Poder Ejecutivo; las concertaciones
continúan y todavía permiten mantener, aunque sea congeladas, tácticas
"conflictivas" como la huelga. Si bien, por algún tiempo, el
Ejecutivo dejó de lado la firma de pactos, el nuevo régimen revivió esa
práctica, en tanto se mantiene la estructura concertadora-impositiva del
Estado: las Juntas de Conciliación y Arbitraje.
Rasgos del
corporativismo
1. Aunque el
corporativismo vigente todavía permite prevenir los resultados, ya no goza del
control de seguridad máxima: la obediencia de todos al Presidente de la
República. Así pues, es un dispositivo con menor margen de prevención que
antaño.
2. El
corporativismo da lugar a la coptación de dirigentes de organizaciones sociales
o patronales. Las corporaciones sociales ligadas al panismo no son laborales,
razón por la cual no copta dirigentes de ese sector, sino que durante la
vigencia de los regímenes panistas los extrajo del sector empresarial,
encargándole la tarea a head hunters en un primer momento; el
regreso del priismo al poder pretende restablecer los lazos de control sobre
las dirigencias tradicionalmente ligadas a ese partido, pero alejadas
temporalmente del claustro paterno.
3. La
institucionalización del acceso a las corporaciones continúa en el
corporativismo mexicano, y también continúa la institucionalización de las
corporaciones, pues falta la reforma laboral que ni los Gobiernos de Ernesto
Zedillo y Vicente Fox pudieron concretar.
4. Se mantiene
la división jerárquica (instancias escalonadas de poder), vertical (el poder se
expresa de arriba abajo) y sectorial (por ramas de actividad, lo cual dificulta
la solidaridad entre los distintos sectores laborales) de las corporaciones;
mientras tanto se promueven distintas formas de coordinación patronales, tales
como el Consejo Coordinador Empresarial (CCE) y otras formas de coordinación
modernas y novedosas.
5. Los
conflictos entre grupos siguen siendo tratados de manera legal mediante
organismos competentes en materia laboral y administrativa.
6. Los recursos
del Estado para fines sociales se siguen asignando de manera planificada y
tecnocrática, cabe hacer notar que cada vez disminuye su cuantía; no obstante,
los recursos del Estado son mayores cuando involucra los campos de
interés de las corporaciones patronales.
7. Continúan existiendo
las dependencias paraestatales funcionalmente especializadas, aunque persiste
la decisión oficial de reformar o desaparecer algunas para que sus campos sean
ocupados por las corporaciones privadas. Tenemos los casos de Diconsa, INI, la
Comisión Federal de Electricidad, Petróleos Mexicanos e, incluso una Secretaría
de Estado (la de la Reforma Agraria) puede seguir el mismo camino.
8. Sigue
imperando el formalismo, el consenso y la negociación, que son tan propios del
corporativismo, en la cultura política mexicana. Esos valores se promueven y
exaltan como fines deseables, dignos de ser imitados y reconocidos. A un lado
han ido quedando valores como la justicia social, la verdad y la solidaridad de
clase.
9. Continúan las
prácticas clientelistas ---especialmente en los procesos electorales--- y
patrimonialistas en ciertas áreas y niveles del régimen.
10. El
debilitamiento del presidencialismo aflojó el estrechamiento y aislamiento de
los opositores, pero el sistema corporativo mantiene vigentes esas prácticas.
11. Ha
disminuido la represión física y la intimidación periódica contra quienes
disienten de los consensos corporativos, pero la muerte civil se sigue
practicando allí donde las condiciones lo permiten.
12. Las cúpulas
de las corporaciones patronales ya no están a la espera de los favores del
Gobierno, están en el Gobierno, deciden en él, ya no son un cartel al servicio
del Presidente, y también se sirven de él. En cambio las corporaciones que
controlan el trabajo pasan por momentos inciertos, de euforia y depresión.
13. La
persistencia de muchas de las características definitorias del corporativismo
estatal privatizador, siguen dando persistencia y viabilidad al sistema
político corporativo, incluso en el prolongado período de las reformas
estructurales (cambio económico y crisis social inducida). Aunque no es claro
cuál sería su utilidad en una crisis económica o política.
14. Se ha
aflojado la subordinación de las entidades estatales al poder burocrático
central.
15. Los procesos
electorales se han transparentado, pero la competencia y la misma transparencia
electoral está en relación al dinero, al acceso a los medios y a las inercias
del pasado.
16. Ha
desaparecido el sistema político de Partido Único, pero se ha desarrollado un
bipartidismo de Estado de derecha que, incluso, podría ser peor.
17. Se siguen
reclutando las autoridades ejecutivas de círculos estrechos, y la represión
contra las clases subalternas y los grupos étnicos continúa.
18. El neocorporativismo
vigente responde a los intereses del gran partido invisible (el Partido
Neoliberal), oculto a los ojos de los votantes, pero real cuando toma las
decisiones de política económica y social que nos afecta a todos. El sistema
político corporativo sigue teniendo las características de un Estado
capitalista subdesarrollado y autoritario.
Las
corporaciones patronales en México
Legislación
1. La fracción
XVI del Artículo 123 Constitucional consagró desde 1917 el derecho de los
obreros y los patrones "para coaligarse en defensa de sus respectivos
intereses, formando sindicatos, asociaciones profesionales, etc."
2. La fracción X
del Artículo 73 Constitucional facultó al Congreso para legislar, entre otras
cosas, con el fin de "expedir las leyes del trabajo reglamentarias del
Artículo 123" de la propia Constitución.
3. En 1931 se
promulgó la Ley Federal del Trabajo, lo que vino a dar carácter institucional,
desde el punto de vista oficial, a la vida de los sindicatos de trabajadores y
patrones.
4. En 1936 la
Ley de Cámaras de Comercio e Industria reglamentó el funcionamiento de las
cámaras comerciales e industriales, que habían venido funcionando mediante una
Ley de Cámaras de Comercio que había sido expedida en 1908 durante el régimen
de Porfirio Díaz.
Todas las
cámaras de que hablaremos en la parte relativa a éstas se rigen por la Ley de
Cámaras, excepto la COPARMEX que se rige por la Ley Federal del Trabajo.
El 2 de mayo de
1941 la Ley de Cámaras de Comercio y de las de Industria reemplazó a la Ley de
Cámaras de Comercio e Industria de 1936. Estableció la separación entre las
cámaras de comercio e industria las cuales se habían mantenido fusionadas. Esta
ley es más estricta que la Ley Federal del Trabajo y contiene disposiciones
sobre la ubicación y la jurisdicción, el carácter y los objetivos, la
constitución, el funcionamiento y el registro de las cámaras de industria y de
comercio, así como de las confederaciones respectivas.
Las cámaras
a) La iniciativa
para que se integraran organismos empresariales como los que conocemos con el
nombre de Cámaras, partió de la Secretaría de Industria y Comercio, quién
convocó a la realización del Primer Congreso Nacional de Comerciantes entre el
12 de julio y el 4 de agosto de 1917.
En esa reunión
se aprobaron las "Bases Generales para la Organización Colectiva del
Comercio".
El 15 de octubre
de 1917 se unieron 32 cámaras y el 3 de noviembre de ese mismo año se firmó el
acta constitutiva de la Confederación de Cámaras de Comercio.
b) El primer
Congreso Nacional de la Industria se reunió a partir del 17 de noviembre de
1917, y el 26 de diciembre de ese mismo año se estableció una comisión
permanente ante la presencia del Secretario de Industria y Comercio, el
ingeniero Alberto J. Pani.
El 13 de
septiembre de 1918 se constituyó la Confederación de Cámaras Industriales
(CONCAMIN). La principal preocupación de sus integrantes estaba relacionada con
la reglamentación del Artículo 123 Constitucional.
c) En diciembre
de 1941 fue fundada la Cámara Nacional de la Industria de la Transformación
(CANACINTRA). Pero su vida fue muy inestable al principio, ya que la CONCANACO
y 96 empresas industriales se ampararon contra el acuerdo de la Secretaría de
la Economía que permitió su fundación. En 1943 el conflicto se resolvió a favor
de CANACINTRA y a partir de entonces su existencia legal quedó garantizada. Al
principio la integraban 93 empresas fundadoras y al finalizar 1944 ya eran
5,080.
Dos
circunstancias confluyeron en el surgimiento de CANACINTRA: la primera fue la
aceleración del crecimiento económico de la pequeña y mediana industria ocupada
en la sustitución de importaciones de bienes de consumo ante la carencia
provocada por la segunda guerra mundial; la segunda tuvo que ver con el interés
del Estado tendiente a organizar en un frente unido a la pequeña y mediana
burguesía industrial, dominada por intereses nacionales.
d) En 1929 se
reunió la Asamblea General de la CONCAMIN. Los miembros de esa corporación
estaban preocupados por la federalización de la legislación laboral, y en
especial por el proyecto de Ley Federal del Trabajo.
Aunque la Ley de
Cámaras no les impedía actuar un grupo de empresarios encabezados por Luis G.
Sada decidió crear un organismo que no se rigiera por la Ley de Cámaras, y así
surgió la Confederación Patronal de la República Mexicana (COPARMEX) en el mes
de septiembre de 1929.
En los años
setenta ya tenía 54 centros empresariales en el país, agrupando a más de 36 000
empresarios y empleando a más de dos millones de personas.
El Consejo
Coordinador Empresarial
La preocupación
por actuar por encima de los marcos regulatorios del Estado hacia el sector
empresarial, llevó a los principales representantes de las corporaciones
privadas en México a fundar el Consejo Coordinador Empresarial (CCE) el 5 de
agosto de 1976. El CCE agrupa a los organismos cúpula del sector privado en
México. Es importante llamar la atención sobre el momento de su fundación: es
el final del Gobierno de Luis Echeverría con quién el sector empresarial había tenido
fuertes enfrentamientos, ya había sido electo el nuevo Presidente, José López
Portillo, y el sector empresarial deseaba mostrar cuál sería la manera en que
se entenderían el poder político y el poder económico en el futuro.